Policía Local de Migueltrra: Página de Inicio
En Seguridad Vial: La Policía Municipal de Miguelturra, Signataria de la Carta Europea de Seguridad Vial Un compromiso adquirido para contribuir a la descenso de muertes por accidente de tráfico. La Policía Local de Miguelturra, acaba de ser nombrada como Signatario de la Carta Europea de Seguridad Vial, esto significa que como institución se adquiere un compromiso, que no es otro que contribuir al descenso de muertes por accidente de tráfico, junto con otras instituciones existentes. En nuestra provincia, sólo existía como institución oficial la Policía Local de Socuéllamos, quien junto con Medio de comunicación Socuéllamos 30 días, Empresa Autoescuela Montero y Asociación Provincial de autoescuelas de Ciudad Real, se integraban en este proyecto europeo. ...y mucho más...

NOTICIAS

NOTICIA DE ÚLTIMA HORA

    
POLICÍA LOCAL

    ENTRA EN VIGOR EL NUEVO PROCEDIMIENTO SANCIONADOR POR INFRACCIONES DE TRÁFICO

    El pasado día 25 de mayo entró en vigor el nuevo Procedimiento Sancionador publicado por Ley 18/2009 de 23 de noviembre, en lo referente a notificaciones, recursos y estacionamientos.

    Los principales cambios son los siguientes:

    - Notificación de la denuncia y pago de la sanción en el acto. En el momento en que el/la infractor/a abone el importe de la multa, se efectuará un 50 por ciento de reducción sobre el total de la multa, renunciando con ello a formular alegaciones. De esta forma se agota la vía administrativa y la sanción adquiere firmeza al día siguiente. Si la sanción no computa como detracción de puntos, ésta no se computa como antecedentes.

    - Notificación de la sanción en el domicilio por el/la instructor-a del expediente. Efectuado el pago de la sanción, se aplicará el procedimiento anterior, dando por finalizado el procedimiento.

    - En el supuesto de que se trate de una infracción que detraiga puntos, éstos se detraerán y se computarán al día siguiente del pago, aunque la sanción se comunique más tarde por el organismo.

    - No se aplicará este procedimiento abreviado a las siguientes infracciones: Utilización de anti-radares; no identificación del conductor; obras sin autorización; no instalación de señalización de obras; actividades industriales relativas a la seguridad vial; instalación de anti-radares; infracciones de autoescuelas y centros de reconocimiento.

    - La denuncia se convierte en acto de iniciación y de finalización del procedimiento.

    NOTIFICACIÓN Y SANCIÓN:

    Concepto completamente novedoso en el derecho administrativo sancionador español, ya que se castiga la inactividad del/ de la denunciado-a, y no se aplica a todas las infracciones, sólo a infracciones leves, graves que no detraigan puntos e infracciones graves y muy graves cuya notificación se efectúe en el acto de la denuncia.

    En cuanto a estacionamientos informa la nueva ley que la persona titular o el arrendatario a largo plazo, en el supuesto de que constase en el Registro de Vehículos, será responsable de las infracciones por estacionamiento, salvo en los supuestos en que el vehículo tuviese designado un conductor habitual o se indique un conductor responsable del hecho.

    Asimismo a esta infracción se le aplica también el concepto "notificación-sanción": Si el/la titular no dice nada, se ejecuta en el plazo de 20 días + 15 días.

    RECURSOS.

    - Desaparece el recurso de alzada.

    - La resolución sancionadora pone fin a la vía administrativa, y se ejecuta al día siguiente de la notificación.

    - La notificación que tiene carácter de acto resolutorio del procedimiento sancionador, también pone fin a la vía administrativa y se ejecuta a los 30 días naturales.

    - Cabe recurso de reposición potestativo, en el plazo de 1 mes desde la notificación.

    - El principio es la no suspensión del acto, aunque el órgano que decide puede acordar lo contrario..

    - No deben tenerse en cuenta en el recurso hechos, documentos y alegaciones del recurrente que pudieran haberse aportado en el procedimiento originario.

    - El recurso se entiende desestimado presuntamente al mes.

    - La ejecución del recurso es independiente de medidas organizativas que aseguren la calidad de la tramitación.

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NOTICIAS ANTERIORES

    
SEMANA SANTA

    DISPOSITIVO ESPECIAL PARA SEMANA SANTA

    Con motivo de la Semana Santa, la circulación por las vías públicas del centro de la ciudad se verá afectada al formar parte éstas, del itinerario de las diferentes procesiones que han sido organizadas por la Asociación de Hermandades de Miguelturra.

    Policía Local solicita la colaboración de la ciudadanía para que evite el estacionamiento de vehículos y la circulación a partir de las horas que se reseñan en los carteles informativos colocados en las señales reglamentarias provisionalmente situadas en las calles.

    En cuanto a la retirada de vehículos con grúa se indica que 2 horas antes de cada procesión, se iniciará la retirada de vehículos por la Policía Local, de aquéllos que se hallen estacionados en el itinerario.

    Para más información sobre itinerarios alternativos o de horarios de las procesiones, podrá llamar por teléfono al número 926 242 121 (Policía Local).

    Descarga del programa de Semana Santa (Haz clic en el enlace que figura más abajo):

    PROGRAMA SEMANA SANTA MIGUELTURRA

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POLICÍA LOCAL

    ACCIDENTE DÍA 17 DE MARZO

    A las 08:30 horas del pasado día 17 de marzo, la Policía Local recibía comunicado del 112 en donde se informaba sobre la existencia de un accidente de circulación que se acababa de producir en el kilómetro 1.8 de la travesía CM-4127 (a la altura del camino del Cementerio).

    Los Agentes desplazados al lugar de los hechos restauraron rápidamente la seguridad de la circulación, facilitando una zona de seguridad para que los facultativos de urgencias desplazados desde Ciudad Real pudieran asistir al herido.

    Los primeros datos obtenidos por la Fuerza Instructora encargada de realización del Atestado, indican que presuntamente el accidente se produjo cuando un camión que circulaba con dirección Valdepeñas, trató de adelantar a un ciclista que circulaba por el arcén.

    Como consecuencia del atropello el varón de 64 años, vecino de Miguelturra, que responde a las iniciales de A.R.S., resultó herido en brazo izquierdo y cabeza, siendo trasladado a los servicios de urgencias del Hospital General de Ciudad Real, mediante ambulancia con soporte vital.

    El conductor del camión, un varón de 27 años de edad, arrojó resultado negativo en la prueba de alcoholemia realizada.

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LA POLICÍA LOCAL DE MIGUELTURRA INICIA ÉSTA SEMANA UNA CAMPAÑA DE VIGILANCIA DE TRÁFICO SOBRE CAMIONES

    LA POLICÍA LOCAL DE MIGUELTURRA INICIA ÉSTA SEMANA UNA CAMPAÑA DE VIGILANCIA DE TRÁFICO SOBRE CAMIONES

    Desde el lunes 8 y hasta el 14 de marzo la Policía Local de Miguelturra realizará una campaña especial de vigilancia del tráfico sobre camiones. El objeto de la campaña irá dirigido a verificar si el conductor o conductora del camión ha consumido alcohol o drogas, circula con exceso de velocidad, hace un buen uso del cinturón de seguridad, el estado del tacógrafo, estiba de la carga, exceso de peso, documentación reglamentaria y administrativa de conductor y vehículo, observación visual de deficiencias técnicas o comprobación del seguro obligatorio de responsabilidad civil

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POLICÍA LOCAL

    BASES DE UNA PLAZA DE POLICÍA LOCAL POR EL SISTEMA DE MOVILIDAD

    El Boletín Oficial de la Provincia de fecha 17 de febrero de 2010 publicaba las bases para la provisión de un puesto de trabajo de Policía Local vacante en la plantilla de personal funcionario de este Ayuntamiento de Miguelturra por el sistema de movilidad.

    La Junta de Gobierno Local de este Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el día 19 de enero de 2010, adoptó acuerdo de aprobación de la convocatoria y bases que han de regir la provisión de un puesto de trabajo de Policía Local (movilidad), Escala Básica, grupo C1, del Cuerpo de la Policía Local de este Ayuntamiento, perteneciente a la Escala de Administración Especial, Subescala de Servicios Especiales, Clase Policía Local, que se encuentran vacantes en la plantilla de funcionarios de este Ayuntamiento y han sido incluidas en la relación de puestos de trabajo y en la oferta de empleo público de la Corporación para 2009, aprobada por la Junta de Gobierno Local en sesión celebrada en fecha 9 de septiembre de 2009.

    Las instancias solicitando tomar parte en los procesos de provisión de puestos, en las que los aspirantes deberán manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas en la base anterior y su compromiso de prestar juramento o promesa en la forma prevista en el Real Decreto 707/79, de 5 de abril, se dirigirán al Sr. Alcalde-Presidente y se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento en el plazo de quince días hábiles contado a partir del día siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria en el Diario Oficial de Castilla- La Mancha.

    Para consultar las bases completas pueden acceder directamente al BOP de fecha 17-2-2010 a partir de la página 70, a través del vínculo / link que está bajo estas líneas.

    

http://www.dipucr.es/cgi-bin/mainbin/index.pl?action=redirect&cat=1&id=5062.

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ANIMALES DE COMPAÑÍA

    CAMPAÑA INFORMATIVA SOBRE ANIMALES DE COMPAÑÍA

    Con motivo de las constantes quejas recibidas en la Jefatura de la Policía Local, respecto de la suelta de animales domésticos sin la preceptiva correa de sujeción, así como la no recogida de sus deposiciones, se INFORMA a todas/os las/os dueñas/os de dichas mascotas que en lo referente a la custodia de animales y responsabilidad de las/os dueñas/os existe la siguiente regulación:.

    Conforme establece el artículo 1905 del Código Civil "el poseedor de un animal, o el que se sirve de él, es responsable de los perjuicios que causare, aunque se le escape o extravíe. Sólo cesará la responsabilidad en el caso de que el daño proviniera de fuerza mayor o culpa del que lo hubiese sufrido".

    El artículo 8 del Real Decreto 287/2002, establece la obligatoriedad de utilización de bozal con cadena o correa no extensible de menos de dos metros, cuando los animales potencialmente peligrosos se encuentren en lugares o espacios públicos, en una finca, campo o cualquier otro lugar.

    Asimismo, el artículo 631 del Código Penal señala que "los dueños o encargados de la custodia de animales feroces o dañinos que los dejaren sueltos o en condiciones de causar un mal, serán castigados con la pena de multa de 15 a 30 días", protegiéndose con este precepto la salud o integridad física y el patrimonio ajeno. Se adjetiva al animal, como feroz o dañino, entendiendo como feroz "el que no apetece la compañía del hombre" y por dañinos "los animales domésticos que tienen malos instintos o resabios con los que se puede producir un mal". Sobre esta cuestión, cabe señalarse que los peligros que entrañan los perros deben ser juzgados independientemente de su raza. .

    La vigente Ordenanza Municipal de limpieza viaria, regula en su art. 17 que "la persona que porte un animal doméstico, y en forma subsidiaria, su titular, será responsable de la suciedad de la vía pública que el mismo provoque. Asimismo, en su art. 18 se prohíbe que los animales domésticos realicen sus deposiciones sobre las aceras, parques, parterres, zonas verdes o terrizas y restantes elementos de la vía pública destinados al paso, disfrute o estancia de los ciudadanos"..

    Por parte de la Policía Local, se llevarán a cabo campañas de vigilancia cuyo objetivo será la comprobación de dichas medidas, informando del incumplimiento de las/os infractoras/es a la autoridad municipal o autonómica, según sea la infracción detectada..

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